SAN JERÓNIMO SUD: CLAUSURARON LA PLANTA DE ACOPIO DE LA COOPERATIVA DE CAMILO ALDAO POR FALENCIAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD
En diálogo con Informe Regional, la jueza comunal Silvia Di Sciascio explicó los motivos de la resolución adoptada tras el vencimiento de sucesivos plazos administrativos y de adecuación técnica. La medida incluye una sanción de multa y prohíbe el ingreso de nuevos cargamentos de cereal al predio ubicado en pleno ejido urbano. No obstante, se autorizó el retiro de granos y el ingreso de personal para el mantenimiento del stock existente para evitar mayores riesgos.

La Comuna de San Jerónimo Sud dispuso la clausura de la planta de acopio, almacenamiento y acondicionamiento de cereales operada por la Cooperativa de Camilo Aldao, luego de constatar irregularidades y falta de cumplimiento en materia de higiene, seguridad y habilitaciones comerciales. La determinación fue resuelta tras haberse agotado las prórrogas y plazos legales otorgados a la entidad para regularizar las instalaciones.
En una entrevista brindada a Informe Regional, la jueza comunal Silvia Di Sciascio detalló los antecedentes que derivaron en la sanción: “En las recorridas de rigor que se hacen para controlar las condiciones de higiene y seguridad y las respectivas habilitaciones de los establecimientos, se habían detectado puntos en los que se tenía que trabajar y mejorar. Había aspectos a reforzar y otros en los que había que trabajar directamente desde cero, tanto requisitos generales de cualquier habilitación como otros muy específicos de la actividad de acopio y acondicionamiento de granos”.
La magistrada explicó que a lo largo del proceso se abrieron sucesivas instancias administrativas e intimaciones para que la cooperativa cumplimentara las exigencias. Si bien se registraron avances parciales en determinados ítems, persistieron falencias consideradas neurálgicas para la seguridad del predio y del entorno. “Al haberse cumplido todos los plazos que se les habían otorgado, tuvimos que desembocar en esta decisión”, remarcó Di Sciascio.
Respecto a la modalidad operativa de la clausura, la jueza precisó que la resolución prohíbe de manera tajante el ingreso de nuevos camiones con cereal. Sin embargo, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería y para no generar riesgos biológicos o de deterioro del grano ya acopiado, se contemplaron excepciones operativas: “Se permite que entre el personal a realizar tareas de mantenimiento del cereal y que se retire el cereal; lo que no está permitido bajo ningún concepto es el ingreso de más carga”.
Asimismo, la disposición administrativa fijó la aplicación de una sanción de multa económica. Di Sciascio hizo hincapié en que el rigor de las exigencias responde fundamentalmente al emplazamiento de la planta: “La cooperativa está emplazada en el ejido urbano, en el centro del pueblo. El cumplimiento de todos estos requisitos es prioritario para asegurar que en el futuro la actividad se desarrolle cuidando a la comunidad y sin asumir todos estos riesgos”. Finalmente, aclaró que el establecimiento podrá rehabilitarse una vez que se certifique el cumplimiento integral de la normativa de seguridad vigente.


