La Comuna de Aldao recuerda a toda la población que se encuentra en vigencia la ordenanza nº 06/2017, donde en su artículo 1º dispone “la prohibición con respecto a la tenencia y venta de artículos de pirotecnias”.

   En tal sentido, se considera como artificio de pirotecnia “el destinado fundamentalmente a producir combustión o explosión, efectos visibles o audibles, elaborados con explosivos o sustancias similares, estando incluidos todos aquellos que se enciendan o acciones mediante el uso de la mecha, por fricción o impacto”, solicitándose además la colaboración de la autoridad policial para la aplicación de esta legislación.

    La norma establecida por el Ejecutivo aldaense considera “de vital importancia la prevención de cualquier accidente causado por artículos pirotécnicos, con el propósito de garantizar la integridad física de las personas y la protección del ambiente y los animales de la localidad”.

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Por h8000024