El día miércoles 1 de septiembre de 2021 a través de videoconferencia la jueza de Primera Instancia dra. Valeria Pedrana resolvió homologar le procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía y aceptado por la Defensa condenando a Cristian Antonio de 42 años a la pena única de 2 años de prisión efectiva por los delitos de Amenazas coactivas en calidad de autor y a Juan Carlos Arroyave de 37 años a la pena única de 3 años de prisión de ejecución condicional por los delitos de Usura crediticia agravada por habitualidad o profesionalismo en concurso real con Amenazas.

El fiscal dr. Cesar Cabrera de la Unidad de Flagrancia le atribuyó a Arroyave haber usufructuado la situación de necesidad e inexperiencia de la víctima, otorgándole dos préstamos de dinero, cada uno de ellos por la suma de $30.000 el cual uno de ellos fue devuelto en su totalidad mediante pagos diarios y el restante monto no pudo ser cancelado por la víctima. Ante esto le retuvo su pasaporte como garantía de pago; además se le imputó haber amenazado a través de mensajes de texto,audio o haciéndose presente en los domicilios, a miembros del grupo familiar.

Asimismo en fecha 29 de junio de 2021 se les atribuye a Arroyave a Antonio y L.M.D.C. (ya imputado) en zona de calle Pocho al 300 de la localidad de Roldán, lugar donde habita la víctima, descendieron de un vehículo conducido por F.O (también imputado); allí solicitaron la presencia de la víctima y su hermano manifestándoles L.M.D.C. que la deuda la tenían con éste y que se presentaría cada cinco días a los fines de cobrar la misma mientras tanto Antonio reiteraba las amenazas. En ese momento un móvil del Comando Radioeléctrico se hace presente por la puerta y se aprestan a identificar a los imputados, F.O. quien se encontraba en el Volkswagen Vento intenta darse a la fuga del lugar siendo aprehendido a dos cuadras del lugar y en cuanto a Arroyave, Antonio y L.M.D.C. son aprehendidos en el lugar tras ser sindicados por la víctima.

Juan Carlos Arroyave deberá cumplir las siguientes reglas de conducta por el plazo de 3 años;

a) fijar residencia; b) abstenerse de consumir estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas; c) prohibición de tener y portar cualquier tipo de arma de fuego, blancas, replicas, de juguete, de aire comprimido o similar; d) prohibición de acercamiento con la víctima y su entorno por sí o por interposita persona, redes sociales o vía telefónica. Así también deberá abonar la suma de $30.000 en concepto de reparación de daños a la víctima.

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