COMUNICACIÓN AGENCIA NACIONAL DISCAPACIDAD

    Circular Número: IF-2020-18382159-APN-DE#AND

    Referencia: Recomendación de habilitación limitada a circular para personas con discapacidad mental, cognitiva y psicosocial

    Artículo 1º.- En caso de fuerza mayor, se recomienda habilitar a las personas con discapacidad mental, cognitiva y psicosocial, que tengan alteraciones conductuales, disruptivas trastornos emocionales, personas con tratamiento de psicomotricidad, entre otras, cuyo estado se vea agravado por la situación de confinamiento derivada de la declaración de aislamiento social preventivo y a un acompañante, a circular por las vías de uso público cercana a su residencia por un máximo de dos horas, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio.

    Artículo 2º.- Que a fin de que puedan desplazarse libremente, con los cuidados epidemiológicos correspondientes y sin ser abordados por las fuerzas públicas e incluso reciban la asistencia necesaria, se recomienda que las personas enumeradas en el art. 1º vistan el color azul en alguna prenda de su ropa o una cinta azul en el brazo.

    Artículo 3°.- Se invita a las autoridades del Instituto Nacional de Servicios para Jubilados y Pensionados, de la Superintendencia de Servicios de Salud, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la adopción de un criterio similar dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

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    RECORDAMOS QUE ÚNICAMENTE DEBE SER UTILIZADO EN CASO DE FUERZA MAYOR Y EXTREMA NECESIDAD. LA RECOMENDACIÓN ES QUEDARSE EN CASA.

    LINK DE LA CIRCULAR COMPLETA:

    https://www.argentina.gob.ar/noticias/permisos-para-circular-por-2-horas-para-personas-con-discapacidad-mental-cognitiva-y?fbclid=IwAR3SAiYEBeIpxJzUGNTRuKxQmGg1c4diwYo3OG16RqQQl3rGOcwik6h7Cr0

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Por h8000024