RESOLUCIÓN DE CÁMARA EN RELACIÓN A APELACIÓN DE CONDENA DE JUICIO POR HOMICIDIO DE IVÁN MAFUD
En el día de la fecha lunes 27 de mayo 2019 se llevó a cabo la audiencia de cámara en los Tribunales Provinciales de Rosario, los Jueces de Segunda Instancia Dres. Daniel Acosta, José Luis Mascali y Guillermo Llaudet revocaron sentencia dictada por los jueces de Primera Instancia Dres. Isabel Mas Varela, Rodolfo Zvala y Pablo Lanzon a Matías Ricardo Maidana, Gerardo Javier Amarilla y Jonatan Gabriel Sánchez, en el marco de la condena de juicio por hecho del 8 de septiembre de 2014 donde resultara fallecido Iván Mafud.
La audiencia fue solicitada por la Fiscalía para apelar lo dictado en fecha 12 de junio de 2018 en Primera Instancia. El Tribunal de Segunda Instancia resolvió:
– Revocar parcialmente la sentencia dictada a Matías Ricardo Maidana a la pena 4 años de prisión efectiva por el delito de Homicidio cometido en exceso del deber en concurso real con falsedad ideológica de instrumento público; recalificando a la figura de Homicidio calificado por el uso de arma de fuego y fijando la pena de 11 años y 6 meses de prisión efectiva.
– Revocar la sentencia donde se absuelve de culpa y cargo a Gerardo Javier Amarilla por el delito de Homicidio Doblemente Calificado por la participación premeditada de dos o más personas y por ser miembro integrante de las fuerzas policiales, Robo Calamitoso Agravado por ser miembro de las fuerzas policiales, Falsedad Ideológica de Instrumento Público e Incumplimiento de los deberes de funcionario público, todos del Código Penal, en concurso real y en calidad de coautor; encontrándolo penalmente responsable del delito de Falsedad ideológica de instrumento público condenándolo a la pena de 1 año y 6 meses de prisión condicional, y el cumplimiento de reglas de conducta por el término de dos años, fijar residencia y someterse al control del Servicio de Asistencia y Control Pos Penitenciaria y abstenerse de relacionarse con familiares de la víctima y su entorno.
– Revocar la sentencia donde se absuelve a Jonatan Gabriel Sánchez por los delitos Robo Calamitoso Agravado por ser miembro de las fuerzas policiales en concurso real con el delito de Falsedad Ideológica de Instrumento Público e Incumplimiento de los deberes de funcionario público todos ellos en concurso ideal con Encubrimiento Agravado por la gravedad del delito y por ser miembro integrante de las fuerzas policiales, todos en calidad de coautor; encontrándolo penalmente responsable del delito de Falsedad ideológica de instrumento público condenándolo a la pena de 1 año y 6 meses de prisión condicional, y el cumplimiento de reglas de conducta por el término de dos años, fijar residencia y someterse al control del Servicio de Asistencia y Control Pos Penitenciaria y abstenerse de relacionarse con familiares de la víctima y su entorno.
Confirmando además el resto de las sentencias:
– Condena de Gabriel Alberto Sguazzini a la pena de 1 año de prisión condicional por el delito de falsedad ideológica.
– Condena de Alejandro Fabián Gómez a la pena de 1 año de prisión condicional por el delito de falsedad ideológica.
– Condenar de Alfredo Matías Correa a la pena de 1 año de prisión condicional por el delito de falsedad ideológica.
– Absolución de Víctor Daniel Vélez, Diego Gabriel Franco, Eduardo Fabián Malisani, Fabián Andrés Díaz, Norberto Fabián Dilda, Walter Fabián Machuca, Oscar Martín Jauregui, Ayelén Nair Bustamante y Eva carolina Monzón.
El Fiscal Dr. Miguel Moreno los acusó por el hecho ocurrido el 8 de septiembre de 2014 aproximadamente a las 3:10 hs, en calles Ovidio Lagos y Coronel Arnold de la Ciudad de Rosario cuando se inició una persecución policial a automóvil Fiat Marea conducido por Iván Mafud. En el primer móvil policial iban a bordo OSCAR JAUREGUI y EVA MONZÓN, posteriormente se sumaron más móviles policiales en los cuales en uno de ellos estaban VÍCTOR VELEZ, DIEGO FRANCO, ALEJANDRO GOMEZ, EDUARDO MALISANI, en otro estaban los oficiales ALFREDO CORREA y MATIAS MAIDANA, en otra unidad policial iban los agentes WALTER MACHUCA y AYELEN BUSTAMANTE, y por último se incorporaron en la persecución los oficiales GERARDO AMARILLA y JONATAN SÁNCHEZ. Aproximadamente a las 3:25am circulando a alta velocidad por la Ruta A012, de Sur a Norte, los oficiales de policía le produjeron heridas a Mafud que determinaron la pérdida del control del rodado, despistando y quedando el vehículo encajado en el zanjón, a la altura del Km 47 de la Ruta A012, frente a la fábrica DANES. Durante la persecución y una vez detenido el auto, Mafud recibió alrededor de 19 disparos de arma de fuego de los cuales 6 impactaron en él produciendo su muerte. También se les atribuye haber omitido dar cuenta inmediata del suceso, al gabinete criminalístico y al Fiscal en turno, como así, no haber brindado información suficiente a las autoridades de la Seccional 6ta de Roldán la cual debía intervenir en función de su jurisdicción sobre el lugar del hecho.
A su vez se acusó a FABIAN DIAZ Y NORBERTO DILDA en su calidad de Jefes, una vez ocurrido el hecho y en el lugar del mismo, ayudar a eludir las investigaciones de la autoridad a los autores de la muerte de Iván Leonel Mafud, incumbiéndoles además la obligación de su denuncia, en sus calidades de funcionarios públicos, haber omitido dar cuenta inmediata del suceso, al gabinete criminalístico y al Fiscal en turno, y abusar de sus jerarquías de Jefe y Sub Jefe del Comando Radioeléctrico, impedir la intervención y no haber brindado información suficiente a las autoridades de la Seccional 6ta con jurisdicción en la zona.
Por último, a todos los imputados se los acusó de sustraer una silla de bebé que se encontraba en el asiento trasero derecho del Fiat y la suma de $3000 y de manipular el acta de procedimiento justificando el accionar policial que terminó con el fallecimiento de Iván Mafud.
La Fiscalía había solicitado en los alegatos de apertura las siguientes calificaciones legales y penas para los imputados:
* A GABRIEL ALBERTO SGUAZZINI, OSCAR MARTÍN JAUREGUI, GERARDO JAVIER AMARILLA, ALFREDO MATIAS CORREA, MATIAS RICARDO MAIDANA, ALEJANDRO FABIAN GOMEZ y WALTER FABIAN MACHUCA, a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas, por considerarlos coautores penalmente responsables del delito de Homicidio Doblemente Calificado por la participación premeditada de dos o más personas y por ser miembros integrantes de las fuerzas policiales, Robo Calamitoso Agravado por ser miembro de las fuerzas policiales, Falsedad Ideológica de Instrumento Público e Incumplimiento de los deberes de funcionario público, todos del Código Penal, en concurso real y en calidad de coautores.
* A EVA CAROLINA MONZÓN, DIEGO DANIEL FRANCO, JONATAN JAVIER SÁNCHEZ, LEONARDO FABIAN MALISANI, VICTOR DANIEL VELEZ y AYELEN NAIR BUSTAMANTE, a la pena de ocho años de prisión, accesorias legales y costas, por considerarlos coautores penalmente responsables de los delitos de Robo Calamitoso Agravado por ser miembro de las fuerzas policiales en concurso real con el delito de Falsedad Ideológica de Instrumento Público e Incumplimiento de los deberes de funcionario público todos ellos en concurso ideal con Encubrimiento Agravado por la gravedad del delito y por ser miembros integrantes de las fuerzas policiales, todos en calidad de coautores.
* A FABIAN ANDRES DIAZ Y NORBERTO FABIAN DILDA, a la pena de diez años de prisión, accesorias legales y costas, por considerarlos autores penalmente responsables de los delitos de Robo Calamitoso Agravado por ser miembro de las fuerzas policiales en concurso real con Falsedad Ideológica de Instrumento Público e Incumplimiento de los deberes de funcionario público y Abuso de Autoridad, en concurso ideal con Encubrimiento Agravado por la gravedad del delito y por ser miembros integrantes de las fuerzas policiales.
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