La tan mentada regulación sobre pirotecnia ha alcanzado finalmente el status de ordenanza en el ámbito del Concejo Municipal roldanense, en una medida histórica que sienta un nuevo precedente en la materia y que cristaliza un viejo pedido de la comunidad que tuvo sus dimes y diretes desde el primer momento del proceso, y que tuvo su principal punto de visibilización a través del impulso brindado por la agrupación Padres Autismo Roldán.

    Cabe destacar que el primigenio proyecto de pirotecnia cero derivó en lo que ahora se conocerá como “Regulación de Artículos Pirotécnicos de Alto Impacto Sonoro”, en una confluencia de dos proyectos de ordenanza; de organizaciones y firmas del rubro como Cienfuegos, Pirotecnia General Lagos y la Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales; y de agrupaciones como la citada Padres Autismo, Puro Perro y Locas y Locos de Amor, que finalmente llegaron a buen puerto.

    Entre los puntos más importantes se destaca en el artículo 3° la limitación de la comercialización y el uso de elementos de petardos mayores a 20 gramos; foguetas de diámetro interno del tubo mayor de 1 ½”; morteros de todos los pesos, de efecto audible o lumínico diámetro interno del tubo superior a 2”; y morteros con bomba de todos los calibres y todos los efectos. Todos los calibres menores a éstos quedan exceptuados como así también los elementos que produzcan efectos visibles y lumínicos de bajo impacto sonoro.

    Asimismo, las infracciones formarán parte del Código de Faltas Municipal, con multas de entre 500 a 10 mil litros de nafta súper, que en la actualidad se traducen aproximadamente de $24 mil a $480 mil; como así también el decomiso de los elementos y la clausura de comercios.

    A continuación dialogamos con Stella Maris Kennes y Sabrina Gammuto acerca de lo que significa la promulgación de esta disposición, de la cual resta ahora su reglamentación y su puesta en vigencia estimada en 60 días hábiles a partir de su promulgación, es decir a mediados de noviembre.

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Por h8000024