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Dialogamos con Sabrina Gammuto, integrante de la agrupación Padres Autismo Roldán, para recordar que se encuentra en vigencia la Ordenanza n° 1028/19 que establece la prohibición de la pirotecnia de alto impacto sonoro, que incluyen comercialización, fabricación, depósito, transporte, venta al público y uso.
Recordamos que entre los puntos más importantes de dicha disposición se limita la comercialización y el uso de elementos de petardos mayores a 20 gramos; foguetas de diámetro interno del tubo mayor de 1 ½”; morteros de todos los pesos, de efecto audible o lumínico diámetro interno del tubo superior a 2”; y morteros con bomba de todos los calibres y todos los efectos. Todos los calibres menores a éstos quedan exceptuados como así también los elementos que produzcan efectos visibles y lumínicos de bajo impacto sonoro.
En dicho orden, las infracciones integran el Código de Faltas Municipal, con severas multas de entre 500 a 10.000 litros de nafta súper, que hoy día se traducen aproximadamente en $325.000 y $6.500.000 respectivamente; como así también el decomiso de los elementos y la clausura de comercios.
Para denuncias al respecto, las líneas telefónicas son las siguientes:
- GUR: 147
- GUR Centro: (0341) 496-2860
- GUR Loteos: (0341) 496-0880
- Municipalidad: (0341) 496-1500
- Tribunal de Faltas: (0341) 496-0477
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