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AUDIENCIA POR TENENCIA ILEGÍTIMA DE ARMA Y ENCUBRIMIENTO

02 feb 2022 Por h8000024
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El día martes 1 de febrero de 2022 se llevó adelante audiencia imputativa a los identificados como R.M.G. de 30 años y a A.R.G. de 52 años, y a las identificadas P.A.A. de 19 años y E.Y.E. de 27 años, por los delitos de Tenencia ilegítima de arma de fuego de guerra (1 hecho), Tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil (1 hecho) y Encubrimiento agravado por el ánimo de lucro, todos en concurso real.

El Fiscal dr. Caterina les atribuyó hecho de fecha 29 de enero de 2022, en calle Córdoba al 4400 de Funes, haber recibido y ocultado de la autoridad y con ánimo de lucro el automóvil Renault Logan, que había sido sustraído por un hecho de robo calificado el día 28/01 en la localidad de Capitán Bermúdez, propiedad de la víctima B.l.M., quien habría realizado denuncia en Comisaría de la misma localidad.

Al llegar al lugar personal policial avistó el vehículo cercano a un complejo de cabañas y además avista a los imputados, procediendo a su identificación, constatando que ninguno de los 4 tenía pedido de captura activo, pero el vehículo Renault Logan antes mencionado, tendría pedido de secuestro activo. Por tal motivo se procede a la aprehensión de los imputados en el lugar.

Asimismo, personal policial solicitó autorización de dicho complejo donde estaban alojados los imputados y se secuestró una pistola calibre 11.25 sin marca ni numeración, una pistola marca Bersa, cartuchos, diversos elementos, documentación y dinero en efectivo. Además se les atribuye, conjuntamente, la tenencia compartida de un arma de guerra y un arma de uso civil, a saber respectivamente: una pistola calibre 11.25 sin marca ni numeración visible, con cargador colocado con siete cartuchos del mismo calibre intactos y una pistola marca Bersa, sin numeración visible.

La Jueza de Primera Instancia dra. Pedrana tuvo por formalizada la audiencia imputativa y dictó prisión preventiva efectiva por el plazo de 45 días para R.M.G. y A.R.G.; y para P.A.A. y E.Y.E se dispuso la libertad con las siguientes reglas de conducta por el plazo de ley: a) Fijar domicilio, b) Abonar fianza por la suma de $10 mil, c) Firma quincenal ante OGJ.

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