El Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a través del Decreto n° 084, autorizó la realización de competencias deportivas amateurs, desde las 0 horas del sábado 13 de febrero, en espacios al aire libre o cubiertos con suficiente ventilación, y con la presencia de hasta 100 espectadores, sin contar a los jugadores, árbitros y auxiliares intervinientes.
En este punto, se especifica que la ocupación máxima permitida es del 30% de la superficie, la que podrá ampliarse hasta el 50%, si la evolución epidemiológica lo permitiera y fuera autorizado por las autoridades locales, previa consulta a las autoridades sanitarias. En todos los casos, no se deberá exceder los 100 espectadores.
Asimismo la norma establece que los asistentes deberán utilizar elementos de protección de nariz, boca y mentón; pudiendo sólo quitárselo para ingerir alimentos o bebidas, y debiendo volver a ser colocado correctamente luego.
Además deberán disponer de ingresos y egresos, para evitar la congestión de asistentes, los que deberán contar con señalización de la distancia a mantener entre personas; y también en los sanitarios y lugares de expendio productos.
Las áreas públicas deberán contar con dispensadores de alcohol en gel o solución de alcohol al 70% y, en los sanitarios, jabón líquido y papel desechable.
En tanto, la distancia entre las ubicaciones deberá ser de 1,5 metros como mínimo. Esto podrá realizarse con un esquema de ocupación donde por cada espacio demarcado, platea o similar ocupada deberán dejarse dos libros a cada lado, adelante y atrás.
Por último, el Decreto establece que se debe definir “el concepto de ‘burbujas sociales de asistencia como espectador a actividades deportivas’ como la delimitación de espacios determinados para personas que concurren conjuntamente y que no deben integrar o interactuar con otras similares; las que no podrán ser superiores a cuatro personas y estarán conformadas por espacios demarcados, plateas o similares contiguos”.
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