CONSULTORIO PREVISIONAL: CLAVES, DOCUMENTACIÓN Y REQUISITOS PARA TRAMITAR LA JUBILACIÓN ANTE ANSES
En el espacio jurídico de Informe Regional por Canal 4 Regional, la abogada previsionalista Évelyn Porcel de Peralta respondió a las consultas más frecuentes sobre el acceso al haber jubilatorio. Entre los puntos salientes, explicó la importancia de solicitar la certificación de servicios ante aportes no registrados en sistema, los plazos de demora que oscilan entre cuatro y seis meses, el reconocimiento de servicios para quienes trabajaron en distintas provincias o cajas, y las opciones vigentes para completar los 30 años mediante la Ley 24.476.

El acceso a la jubilación y la regularización de los aportes jubilatorios constituyen una de las principales inquietudes para trabajadores y trabajadoras que se aproximan a la edad de retiro. En una nueva entrega del consultorio jurídico de Informe Regional, la abogada previsionalista Dra. Évelyn Porcel de Peralta abordó los interrogantes más recurrentes vinculados a los trámites ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Uno de los ejes centrales giró en torno a los períodos laborales que no figuran acreditados en el sistema informático. Al respecto, la letrada aclaró que los empleos no registrados (“en negro”) no son computados por ANSES para el haber jubilatorio. Sin embargo, en aquellos casos donde el empleo sí fue formal pero no aparece reflejado en la historia laboral oficial, el trabajador debe solicitar a su empleador la certificación de servicios: “Es el documento donde consta detalladamente el tiempo trabajado y la remuneración mensual percibida; con ese instrumento se presenta ante ANSES para que los años sean reconocidos formalmente”, remarcó.
En cuanto a la conveniencia de iniciar el trámite inmediatamente al alcanzar la edad jubilatoria (60 años para mujeres y 65 para varones), Porcel de Peralta sugirió analizar la situación particular de cada persona antes de formalizar la gestión: “En relación de dependencia, la ley permite continuar trabajando hasta los 70 años. Por eso es clave proyectar de antemano cuánto se cobrará de jubilación, evaluar si los ingresos activos convienen y verificar si el régimen previsional aplicable admite o no compatibilidad laboral”. Asimismo, advirtió que el inicio del expediente no es automático y requiere un tiempo administrativo promedio de entre cuatro y seis meses de resolución.
Respecto a la documentación indispensable para conformar la carpeta previsional, la especialista detalló tres cuerpos fundamentales: el DNI vigente y actualizado; la acreditación de datos de filiación y estado civil (libreta de matrimonio o convivencia, partidas de nacimiento de hijos menores y, en el caso de las mujeres, las partidas de todos los hijos para acreditar el reconocimiento de años de aportes por tareas de cuidado); y las certificaciones de servicios correspondientes a los períodos no visualizados en la base de datos.
Para quienes se desempeñaron laboralmente en distintas jurisdicciones del país o aportaron a múltiples regímenes (cajas profesionales, provinciales, docentes o de seguridad), la abogada confirmó que los aportes pueden unificarse, aunque precisó que se debe tramitar previamente un “Reconocimiento de Servicios” entre los distintos organismos previsionales antes de solicitar el beneficio final.
Por último, ante la falta de aportes para completar los 30 años obligatorios, señaló que la principal alternativa legal vigente es la moratoria establecida por la Ley 24.476. Dicha normativa permite regularizar períodos desde los 18 años de edad hasta septiembre de 1993, siempre que no existan aportes superpuestos en dichos lapsos. En caso de no alcanzar los requisitos mínimos, recomendó realizar una planificación previsional para programar la jubilación a futuro.
La Dra. Évelyn Porcel de Peralta atiende consultas de manera presencial en la ciudad de Roldán los días martes y jueves por la tarde, coordinando turnos previos a través de la línea 341 597-5890.


