Defensoría del Pueblo: Covid, penas y denuncias

El dr. José Luis Alonso, titular de la Defensoría del Pueblo en su delegación Funes, señaló que las actividades de dicha dependencia continúan aunque con atención no presencial, preferentemente por correo electrónico o teléfono, donde los principales temas que se tratan actualmente son casos de violencia de género, problemas entre vecinos y aumentos injustificables de precios.
También hizo referencia a las cuestiones técnicas de los Decretos de Necesidad y Urgencia que regulan las decisiones gubernamentales en este marco de excepcionalidades que presenta la pandemia y su cuarentena, indicando que los mismos “han sido refrendado en un perfecto estado de derecho”.
Al respecto indicó que existen derechos y obligaciones, donde especialmente frente al incumplimiento de estas últimas “las sanciones están perfectamente delineadas” ya que aquellos que no se encuentren dentro de los grupos de excepción e incumplan con las normativas están cometiendo delitos tipificados en el Código Penal, los cuales son:
- Artículo 205: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
- Artículo 239: “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.
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