El dr. José Luis Alonso, titular de la Defensoría del Pueblo en su delegación Funes, señaló que las actividades de dicha dependencia continúan aunque con atención no presencial, preferentemente por correo electrónico o teléfono, donde los principales temas que se tratan actualmente son casos de violencia de género, problemas entre vecinos y aumentos injustificables de precios.
También hizo referencia a las cuestiones técnicas de los Decretos de Necesidad y Urgencia que regulan las decisiones gubernamentales en este marco de excepcionalidades que presenta la pandemia y su cuarentena, indicando que los mismos “han sido refrendado en un perfecto estado de derecho”.
Al respecto indicó que existen derechos y obligaciones, donde especialmente frente al incumplimiento de estas últimas “las sanciones están perfectamente delineadas” ya que aquellos que no se encuentren dentro de los grupos de excepción e incumplan con las normativas están cometiendo delitos tipificados en el Código Penal, los cuales son:
- Artículo 205: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
- Artículo 239: “Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal”.
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