PUERTO GENERAL SAN MARTÍN: CONDENARON A 9 AÑOS DE PRISIÓN A UN HOMBRE POR ABUSAR SEXUALMENTE DE UNA FAMILIAR
En los Tribunales Provinciales de San Lorenzo concluyó el juicio oral y público llevado adelante por la Fiscalía Regional 2, en el que el juez de Primera Instancia Ariel Cattáneo sentenció a Mauricio O. (36) a la pena de 9 años de prisión de cumplimiento efectivo. El magistrado lo halló penalmente responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por parentesco en concurso real con abuso sexual simple agravado por parentesco, tras comprobarse los ataques perpetrados entre fines de 2025 y comienzos de 2026 en una vivienda de Puerto General San Martín en perjuicio de una familiar colateral de segundo grado.

En el marco de un juicio oral y público desarrollado en los Tribunales Provinciales de San Lorenzo, la Justicia santafesina condenó a Mauricio O., de 36 años de edad, a la pena de 9 años de prisión de cumplimiento efectivo tras encontrarlo culpable de reiterados hechos de abuso sexual agravado cometidos en la localidad de Puerto General San Martín.
El veredicto fue dictado por el tribunal unipersonal a cargo del juez de Primera Instancia Ariel Cattáneo, quien convalidó plenamente la acusación y el monto punitivo requerido durante los alegatos por la fiscal Victoria Vigna, de la Fiscalía Regional 2. La condena fue impuesta por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por parentesco en concurso real con abuso sexual simple agravado por parentesco.
De acuerdo a la investigación desarrollada por el Ministerio Público de la Acusación (MPA), el primero de los episodios delictivos tuvo lugar el 27 de diciembre de 2025, alrededor de las 21:00 horas, en el interior de una vivienda particular de Puerto San Martín. En esa oportunidad, el agresor cometió actos de abuso sexual mediante tocamientos en perjuicio de la víctima, quien mantenía con él un vínculo de parentesco en segundo grado por línea colateral.
El segundo hecho atribuido y acreditado en el debate se consumó pocos días después, el 1 de enero de 2026 cerca de las 11:00 de la mañana, en el mismo inmueble, cuando el imputado avanzó violentamente sobre la víctima para cometer el delito de abuso sexual con acceso carnal.
Desde la sede judicial ratificaron que, tal como se preservó durante todo el proceso penal, la identidad de la víctima y los detalles de las declaraciones y testimonios se mantienen bajo estricta reserva legal con el fin primordial de resguardar su integridad psicofísica y evitar su revictimización.


